Sentencia N° 702 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de julio de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0702, Exp. 08-462, 01/07/2010
Expediente08-462
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-07-01
DecisiónSin Lugar
Resumen
En el presente caso, el demandante impugnó mediante recurso de casación una sentencia que declaró sin lugar su demanda. La Sala de Casación Social, tras recibir las actas procesales, designó un ponente y fijó una audiencia pública. Sin embargo, el demandante no compareció, lo que llevó a declarar el desistimiento del recurso. Posteriormente, el demandante solicitó la nulidad de la reasignación de la ponencia, argumentando que no había impedimentos para el ponente inicial. La Sala concluyó que la reasignación no afectó el proceso ni el derecho a la defensa, y que reponer la causa sería inútil.
Extracto de la motiva
Al respecto se observa que, si bien en auto de fecha 1º de octubre de 2009, el Juzgado de Sustanciación de esta Sala manifestó que la ponencia del presente caso fue reasignada “por un error involuntario”, tal situación no afectó el desarrollo del proceso, ni el derecho a la defensa de las partes involucradas, por cuanto la igualdad de éstas y la imparcialidad del órgano decisor siempre estuvieron garantizadas, independientemente de cuál fue el Magistrado ponente. En este sentido, en cualquier caso en que se verifique alguna causal de impedimento de la capacidad subjetiva de alguno de los miembros de este cuerpo colegiado, sea el ponente o no, las partes tienen a su disposición el mecanismo procesal de la recusación a fin de lograr el apartamiento del Magistrado del conocimiento del asunto –si éste no se ha inhibido voluntariamente–. Por lo tanto, garantizada la imparcialidad de cada uno de los integrantes de la Sala, como órgano colegiado, lo cual es indispensable por estar todos ellos llamados a deliberar sobre la ponencia presentada y dar su voto, favorable o no; y visto que en todo caso esa ponencia se aprobará por mayoría, es indistinto que el ponente en un caso concreto sea un Magistrado u otro.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de nulidad y reposición de la causa planteada por la parte demandante; y ACLARA que la exhortación realizada por el Juzgado de Sustanciación no es de obligatorio cumplimiento porque la causa fue decidida mediante sentencia dictada el 4 de julio de 2007 por el Juzgado Superior Tercero Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual quedó definitivamente firme.
Palabras clave
cobro de acreenciasexhortacióndesistimientosentencia firmecasacióntrabajo