Sentencia N° 700 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de diciembre de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 700, Exp. 02-497, 12/12/2002
Expediente02-497
PonenteALFONSO VALBUENA C.
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-12-12
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira. El recurso fue presentado fuera del lapso establecido, ya que el término para su formalización venció el 1° de noviembre de 2002, sin que se consignara el escrito correspondiente.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veinticuatro (24) de mayo del año 2002, emanada del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en San Cristóbal, dictada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, sigue la ciudadana YANETH LOURDES MORA DUQUE contra DISTRIBUCIONES LA PLAZA, en la persona de su representante ciudadano JESÚS RAMÓN RODRÍGUEZ SÁNCHEZ.

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veinticuatro (24) de mayo del año 2002, emanada del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en San Cristóbal.

Palabras clave

recurso de casacionprestaciones socialescobroprocedimiento civilTáchirajurisprudenciaadmisibilidad

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