Sentencia N° 699 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de diciembre de 2002
TSJ/SCS, Sent. N° 699, Exp. 02-541, 12/12/2002
Expediente02-541
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-12-12
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. El recurso fue presentado fuera del lapso establecido, que comenzó a contar desde el anuncio del recurso y venció el 23 de octubre de 2002. La Sala no verificará la admisibilidad del recurso debido a esta situación.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha quince (15) de julio del año 2002, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, con sede en San Fernando de Apure, dictada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, sigue la ciudadana LUISA LANDAETA contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE.
Dispositiva
PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha quince (15) de julio del año 2002, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, con sede en San Fernando de Apure. Se condena en costas a la parte recurrente.
Palabras clave
recurso de casaciónprestaciones socialeslaboralcódigo de procedimiento civilestado apurejuzgado superior