Sentencia N° 696 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de mayo de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0696, Exp. 08-227, 22/05/2008
Expediente08-227
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2008-05-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por Camilo Daniel González Pulido contra la sentencia del Juzgado Superior Accidental Agrario, que había declarado sin lugar la acción de resolución de contrato. La Sala anula la decisión recurrida y resuelve sobre el fondo, ordenando la resolución del contrato de sociedad entre González Pulido y Kai Rosenberg, así como la transferencia del 50% de los derechos de propiedad sobre la Hacienda La Sabaneta a González Pulido. Se establece que la parte demandada incumplió con las obligaciones contractuales, lo que justifica la resolución del contrato.

Extracto de la motiva

La presente denuncia estriba en la suposición falsa en que incurrió la recurrida, al atribuir menciones que no contienen instrumentos cursantes en el expediente. Concretamente, el formalizante acusa que el fallo dictado por la Alzada señaló que el contrato cuya nulidad se pretende se perfeccionó al momento de vender el accionante los derechos que tenía sobre el inmueble Hacienda La Sabaneta, a la sociedad mercantil Hacienda La Sabaneta C.A. El precitado inmueble se encuentra ubicado en jurisdicción del Municipio Choroní, Distrito Girardot del estado Aragua, y cuyos linderos son: Norte, con la Hacienda Payares; Sur: con Hacienda y terrenos de El Casibo; Este: Hacienda Chuao e inmueble de la Sucesión Acosta; y Oeste: con el Río Choroní. Lo establecido por la recurrida cursa al folio 539 del presente expediente, y es del siguiente tenor: De lo expuesto se infieren suficientemente motivaciones que autorizan a quien aquí sentencia, para considerar que el ciudadano CAMILO DANIEL GONZÁLEZ PULIDO mediante documento debidamente Protocolizado por ante la Oficina de Registro respectivo, vendió los derechos que poseía sobre la hacienda ‘La Sabaneta’ a la sociedad mercantil ‘HACIENDA LA SABANETA C.A.’, quedando cumplida en su totalidad las obligaciones adquiridas por ambas partes mediante contrato de compra venta y sociedad debidamente autenticado en fecha seis (06) de febrero de (1992), sobre el cual la parte accionante pretende dicha resolución, cumpliéndose de esta manera la tradición legal de la cosa vendida, no teniendo ya relación jurídica pendiente el primer contrato suscrito por las partes. Luego de la lectura del texto inserto en la recurrida, en el cual se advierte que el contrato cuya nulidad se procura, se perfeccionó con la tradición legal de la cosa vendida, y que así quedaron cumplidas en su totalidad las obligaciones de los contratantes; se aprecia que dicha aseveración es producto de una suposición falsa, ya que se establece un hecho positivo y concreto, sobre la base de menciones no contenidas en un documento cursante en el expediente.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara 1) CON LUGAR el recurso de casación formalizado por el abogado Acacio Sabino, quien actúa en representación judicial de la parte actora, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Accidental Agrario de los estados Miranda, Guárico, Amazonas y Vargas, con sede en Caracas, en fecha 4 de diciembre de 2007; en consecuencia, 2) se ANULA la precitada decisión, y se declara 3) CON LUGAR la demanda que propuso el ciudadano Camilo Daniel González Pulido contra el ciudadano Kai Rosenberg y la sociedad mercantil HACIENDA LA SABANETA C.A.; 4) por lo que SE DECLARA LA RESOLUCIÓN del contrato autenticado en fecha 6 de febrero de 1992, bajo el N° 29, Tomo II de los libros llevados por la Notaría Séptima del Municipio Libertador del Distrito Federal; 5°) consecuencia de la resolución del contrato citado, SE ORDENA a la empresa HACIENDA LA SABANETA C.A., transferir al ciudadano Camilo Daniel González Pulido, el 50% de los derechos de propiedad sobre el inmueble Hacienda La Sabaneta, ubicado en jurisdicción del Municipio Choroní, Distrito Girardot del Estado Aragua, y cuyos linderos son: Norte, con la Hacienda Payares; Sur: con Hacienda y terrenos de El Casibo; Este: Hacienda Chuao e inmueble de la Sucesión Acosta; y Oeste: con el Río Choroní.

Palabras clave

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