Sentencia N° 694 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de diciembre de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 694, Exp. 02-501, 12/12/2002
Expediente02-501
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-12-12
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de Barinas. El recurso no fue formalizado dentro del lapso establecido, que comenzó a contar desde el anuncio del mismo. La Sala, en virtud de esta situación, no verificará la admisibilidad del recurso y condena en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veintidós (22) de julio del año 2002, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, con sede en Barinas, dictada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DAÑO MORAL POR ACCIDENTE DE TRABAJO, sigue la ciudadana FELICITA DEL CARMEN CASTILLO DE CARRILLO contra las sociedades mercantiles MONTAJES ANGARITA, C.A. (MONTACA), CONSTRUCTORA PAGUEY, C.A. y COMPANÍA ANÓNIMA DE ELECTRIFICACIÓN DE LOS ANDES, (CADELA). En vista de la precedente declaratoria, la Sala no verificará la admisibilidad de este recurso de casación.

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veintidós (22) de julio del año 2002, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, con sede en Barinas. Se condena en costas a la parte recurrente.

Palabras clave

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