Sentencia N° 692 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de julio de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0692, Exp. 16-159, 14/07/2016
Expediente16-159
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-07-14
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Maersk Contractors Venezuela, S.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo que declaró sin lugar la demanda de nulidad de la Certificación Nº 0130/2011, que determinó como enfermedad ocupacional la padecida por Melvin Enrique González Bravo. La Sala confirmó la decisión del juzgado inferior, argumentando que se respetaron las garantías del administrado y que el procedimiento seguido fue conforme a la ley, desestimando los vicios alegados por la parte recurrente, tales como falso supuesto y error en la apreciación probatoria.
Extracto de la motiva
La Sala Plena de este alto Tribunal, en sentencia N° 27 del 26 de julio de 2011 (caso: Agropecuaria Cubacana C.A.), dejó sentado que corresponde a los órganos jurisdiccionales con competencia en materia laboral, el conocimiento de las acciones de nulidad ejercidas contra las decisiones administrativas dictadas por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), 'pues lo relevante para determinar cuál es el juez natural que ha de conocer este tipo de pretensiones no es la naturaleza del órgano del cual emana sino la naturaleza jurídica de la relación'. Ello fue fundamentado, esencialmente, en la Disposición Transitoria Séptima de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. Conteste con la citada Disposición Transitoria, los Tribunales Superiores del Trabajo son competentes –mientras se crea la jurisdicción especial del Sistema de Seguridad Social– para decidir, en primera instancia, los recursos contenciosos administrativos previstos en dicha ley; y de sus decisiones, se oirá recurso ante esta Sala de Casación Social.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, S.A., contra la sentencia de fecha 27 de noviembre de 2015, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; SEGUNDO: CONFIRMA dicho fallo; y TERCERO: queda FIRME la Certificación Nº 0130/2011 de fecha 7 de octubre de 2011, dictada por la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Costa Oriental del Lago (GERESAT) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), mediante la cual se certificó como enfermedad ocupacional la padecida por el ciudadano Melvin Enrique González Bravo.