Sentencia N° 692 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de mayo de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0692, Exp. 07-1608, 22/05/2008
Expediente07-1608
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-05-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La parte recurrente alegó inmotivación por parte del juez superior en relación a la condena por diferencia de prestaciones sociales, argumentando que se había probado el salario básico del actor, pero la Sala determinó que no existía prueba suficiente que demostrara lo alegado por la demandada.

Extracto de la motiva

Sobre la prueba en cuestión la Alzada se pronunció de la manera siguiente: Marcado “A.2”, al folio 126, consignó original de liquidación de vacaciones, al cual se le otorga valor probatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, por estar firmado por la parte a quien se le opone, del cual se desprende que el actor debía salir de vacaciones el 19-07-99, reintegrándose el 06-08-99, y que en fecha 08 de julio de 1999 se le canceló lo correspondiente a las vacaciones y bono vacacional. De la confrontación de lo establecido por la Alzada y el contenido de la prueba analizada se aprecia que el Sentenciador no silenció ningún aspecto de ésta, pues sólo los hechos establecidos por la Alzada pudieron acreditarse con dicha prueba documental, y no así el monto del salario básico que alegó la demandada devengaba el actor, que por lo demás es la cantidad de ciento ochenta y un mil novecientos noventa y nueve bolívares con ochenta céntimos (Bs. 181.999,80), y no la cantidad de setenta y nueve mil novecientos noventa y nueve con ochenta céntimos (Bs. 79.999,80) que ahora aduce la demandada. Es por ello que el Sentenciador de alzada estableció que no consta en autos prueba alguna que demuestre el salario básico que adujo la demandada devengaba el actor de ciento ochenta y un mil novecientos noventa y nueve bolívares con ochenta céntimos (Bs. 181.999,80).

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, publicada el 21 de junio de 2007. Se condena en costas, a la parte recurrente en conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de diferenciasprestaciones socialesrecurso de casaciónsalario básicoinmotivaciónLey Orgánica Procesal del Trabajodecisión de alzada

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