Sentencia N° 692 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de junio de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0692, Exp. 05-621, 21/06/2005
Expediente05-621
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-06-21
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Vicente Enrique Rodríguez Pérez, quien había demandado a P & P AIR & OCEAN FREIGHT CONSOLIDADOS, C.A. El Juzgado Superior Tercero del Trabajo había declarado sin lugar la demanda y el recurso de apelación. La Sala determinó que el recurso de control de la legalidad no era procedente, ya que la cuantía de la demanda permitía el recurso de casación, lo que configuraba un motivo de inadmisibilidad.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no fueren recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, o contraríen la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala, circunstancias estas que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad del mismo. Determinado lo anterior, se observa que la parte recurrente interpone el recurso de control de la legalidad establecido en el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, sin tomar en cuenta que la cuantía de la demanda interpuesta asciende a la cantidad de ciento quince millones treinta y un mil seiscientos veinticinco bolívares con cincuenta y un céntimos (115.031.625,51); en tal sentido, la sentencia impugnada es recurrible mediante el recurso de casación, por lo que se configura uno de los motivos de inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad.

Dispositiva

En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por el apoderado judicial del demandante Vicente Enrique Rodríguez Pérez, contra la sentencia publicada el 21 de marzo de 2005 por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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