Sentencia N° 69 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de julio de 2021

TSJ/SCS, Sent. N° 069, Exp. 16-962, 19/07/2021
Expediente16-962
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2021-07-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por el ciudadano Sergio Di Cesare Acosta, en relación a una medida cautelar de protección agroalimentaria. La decisión revoca el auto del Juzgado Superior Agrario que había admitido el recurso, argumentando que no se cumplió con el requisito de la cuantía establecido en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.

Extracto de la motiva

Ahora bien, la Sala habiendo revisado las actas procesales que conforman el referido expediente determinó que, al momento que la parte actora en el presente juicio, presentó su demanda, no estimó el monto de la misma, lo cual impide a la Sala constatar si la pretensión cumple con el requisito formal de la cuantía para acceder a casación. Asimismo, en la oportunidad de la contestación, la parte demandada tampoco hizo referencia a la estimación, por lo cual, no hay forma objetiva de determinarla. En consecuencia, lo procedente y ajustado en derecho es revocar el auto dictado por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, de fecha 20 de octubre de 2016, que admitió el recurso de casación anunciado y formalizado y declararlo inadmisible por incumplimiento del requisito de la cuantía, establecido en el artículo 233 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: REVOCA el auto dictado en fecha 20 de octubre de 2016, por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, que admitió el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte demandante. SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la parte demandante, ciudadano SERGIO DI CESARE ACOSTA, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes en fecha 27 de noviembre de 2017. No hay condenatoria en costas.

Palabras clave

casaciónagriculturacuantíaderechos agrariosmedida cautelarprotección agroalimentaria

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