Sentencia N° 69 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de febrero de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0069, Exp. 11-781, 15/02/2012
Expediente11-781
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaCivil
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2012-02-14
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una solicitud de aclaratoria presentada por la abogada Shirley Jaén, en representación de Vicenzo Di Giovanni, respecto a una decisión anterior sobre la fijación de manutención. La parte demandante argumentó que la sentencia no había quedado firme debido a la falta de notificación a la parte demandada. Sin embargo, la Sala determinó que la solicitud no era procedente, ya que lo que se pretendía era un nuevo pronunciamiento y no una aclaración de puntos dudosos.

Extracto de la motiva

Una vez que la Sala se pronuncia sobre la regulación de competencia anunciada, las partes, de conformidad con el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, pueden solicitar la aclaratoria o ampliación de la decisión proferida por este Alto Tribunal, para aclarar puntos dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos, pero nunca para revocar o reformar las sentencias a través del conducto de dichas aclaratorias y ampliaciones o para resolver asuntos ajenos al recurso decidido. En el caso de autos, la parte solicitante se limita a exponer en el escrito de aclaratoria, que la sentencia que declaró parcialmente con lugar la fijación de manutención, no quedo definitivamente firme, ya que la parte demandada no estaba notificada de la decisión, ahora bien, la Sala observa, que lo solicitado por el recurrente ha sido resuelto en virtud del poder discrecional de esta Sala, y de conformidad con el artículo 177 y 453 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se evidencia que lo pretendido por el solicitante es un nuevo pronunciamiento por parte de este Alto Tribunal, y no aclarar o ampliar algún punto dudoso, por lo tanto resulta forzoso declarar improcedente dicha solicitud. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria interpuesta por la abogada Shirley Jaén, representante judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada por esta Sala, en fecha 4 de agosto de 2011.

Palabras clave

aclaratoriamanutenciónnotificaciónjurisdicciónprotección de niñosdecisión judicial

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