Sentencia N° 689 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de diciembre de 2002
TSJ/SCS, Sent. N° 689, Exp. 02-448, 12/12/2002
Expediente02-448
PonenteFrancisco Carrasquero López
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-12-12
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social, en su Sala Especial Agraria, dictó sentencia el 12 de diciembre de 2002, declarando sin lugar el recurso de hecho propuesto contra la decisión del Juzgado Superior Sexto Agrario que había negado la admisión del recurso de casación. La decisión se fundamenta en que la sentencia recurrida es interlocutoria y no causa un gravamen irreparable, por lo que no es admisible el recurso de casación en este caso. Se condena en costas a la parte recurrente de acuerdo con el Código de Procedimiento Civil.
Extracto de la motiva
Este Juzgado Superior para, determinar la admisión o no del recurso anunciado, de conformidad con los artículos 248 y 250 del Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario examina lo siguiente: Primero: La recurrida es una sentencia interlocutoria sin fuerza de definitiva, que no extingue el proceso, toda vez que si bien se declaró sin lugar la apelación porque el proceso de tercería está extinguido, la causa de esa extinción no la constituye la recurrida, sino el fallo de esa Superioridad de fecha 29-10-01, que se encuentra firme por agotamiento del recurso de casación que fue negado, recurrido de hecho y confirmado por el Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia; el recurso anunciado es inadmisible. Segundo: También se evidencia que la recurrida es una decisión que indirectamente confirma el auto apelado porque se declaró sin lugar la apelación. En este sentido, tampoco es admisible el Recurso de Casación.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto contra la decisión dictada el día 25 de julio de 2002, por el Juzgado Superior Sexto Agrario con sede en la ciudad de San Cristóbal, denegatoria a la vez, del recurso de casación anunciado.
Palabras clave
recurso de hechorecurso de casaciónsentencia interlocutoriaCódigo de Procedimiento CivilLey de Tierrasagrariocostasapelación