Sentencia N° 687 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0687, Exp. 12-1681, 09/08/2013
Expediente12-1681
PonenteARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-08-09
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la demandada VENEZOLANA DE RADIADORES (VERSA), S.A. contra la sentencia del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. La decisión se basa en que el recurso fue presentado contra una sentencia interlocutoria que no pone fin al juicio, lo que lo hace inadmisible según la normativa vigente. Además, se impone una multa de veinte unidades tributarias a la parte recurrente por intentar recurrir una decisión interlocutoria.

Extracto de la motiva

En el caso sub iudice, observa la Sala que el actor no compareció a la audiencia, por lo cual el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en fecha 24 de septiembre de 2012 declaró el desistimiento del procedimiento, decisión apelada por la parte actora, que al ser conocida por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en fecha 8 de noviembre de 2012, declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto y repuso la causa al estado en que se fije nueva oportunidad para la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar. Conteste con lo anterior, se observa que la sentencia recurrida en el caso sub iudice constituye una interlocutoria que anula la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes que declaró el desistimiento del procedimiento, y repone la causa al estado de fijar nuevamente la oportunidad para la celebración de la audiencia; por considerar justificada la inasistencia de la parte actora a dicho acto. Así las cosas, conteste con la tesis jurisprudencial citada supra, advierte la Sala que la decisión recurrida constituye una interlocutoria que no pone fin al juicio, deviniendo por tanto inadmisible el recurso de control de la legalidad ejercido. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la demandada VENEZOLANA DE RADIADORES (VERSA), S.A., contra la sentencia de fecha 8 de noviembre de 2012, proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

control de la legalidadinterlocutoriamultatrabajoproceso laboral

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