Sentencia N° 682 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de diciembre de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 682, Exp. 02-484, 12/12/2002
Expediente02-484
PonenteFRANCISCO A. CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-12-12
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior Octavo Agrario. El recurso no fue formalizado dentro del lapso establecido, que comenzó a correr desde el auto de admisión del recurso el 30 de julio de 2002 y venció el 27 de septiembre de 2002. Por lo tanto, la Sala no verificará la admisibilidad del recurso.

Extracto de la motiva

Por cuanto del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, aparece que el lapso para formalizar este recurso de casación, incluyendo los días concedidos como término de distancia, comenzó a correr a partir del auto de admisión del recurso, es decir, en fecha 30 de julio de 2002 y venció el día 27 de septiembre de 2002, sin que hasta esa fecha fuera consignado el correspondiente escrito de formalización, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha 15 de julio de 2002, emanada del Juzgado Superior Octavo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, dictada en el juicio de Cobro de Bolívares-Vía Ejecutiva, que sigue el ciudadano JUVENAL RAMÓN CHÁVEZ URDANETA, contra el ciudadano HELY SAÚL ORDÓÑEZ ÁÑEZ.

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha 15 de julio de 2002, emanada del Juzgado Superior Octavo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Palabras clave

recurso de casaciónperecimientocódigo de procedimiento civiljuzgado agrariocobro de bolívaresadmisibilidad

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