Sentencia N° 678 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de junio de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0678, Exp. 10-739, 27/06/2012
Expediente10-739
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-06-27
DecisiónSin Lugar

Resumen

En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por la ciudadana Deliana Inés Montero León contra la decisión del Juzgado Quinto Superior del Trabajo del estado Zulia, que había revocado parcialmente la demanda de prestaciones sociales. La Sala argumenta que las denuncias presentadas por la recurrente carecen de la técnica adecuada y se centran en atacar las conclusiones del tribunal de alzada, lo que no es suficiente para modificar la decisión impugnada. Además, se destaca que el recurso de casación tiene como objetivo verificar la legalidad de las decisiones de los tribunales superiores, respetando su soberanía en la apreciación de los hechos y pruebas.

Extracto de la motiva

La recurrente fundamenta su denuncia en el ordinal 3° del Artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, sin embargo, los errores en la valoración de las pruebas son errores de juzgamiento, por ello su denuncia debe ser encuadrada en el ordinal 2° del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y no en el 3°, que sólo puede servir de fundamento a denuncias por defectos de forma de la sentencia. No obstante la deficiente técnica de formalización, es pertinente destacar que los argumentos de la formalización, más que a fundamentar una delación por violación de reglas para valorar las pruebas, están dirigidos a atacar las conclusiones a las que arribó la Alzada en el ejercicio de su soberana apreciación de los hechos y de la valoración de las pruebas a su leal saber y entender, bajo criterios de la sana crítica. En este sentido, es oportuno señalar, una vez más, que el recurso de casación laboral, dada su naturaleza de recurso extraordinario, es entendido como un medio de impugnación que se circunscribe especialmente a atacar motivos concretos, está dirigido a verificar si una decisión emanada de un tribunal superior se encuentra o no ajustada a derecho y así controlar su legalidad, respetando la soberanía de los jueces de instancia en la apreciación y convicción de los hechos controvertidos y sus pruebas.

Dispositiva

Por las razones expuestas la denuncia se declara improcedente. Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado contra la sentencia publicada el 2 de marzo de 2010, dictada por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

casaciónprestaciones socialesuniversidadpruebaserrores de juzgamiento

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