Sentencia N° 674 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de agosto de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0674, Exp. 18-267, 08/08/2018
Expediente18-267
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-08-08
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decide sobre un recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Cervecería Regional, C.A. contra una decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo del estado Lara. La Sala determina que el recurso es declarado perecido debido a que la parte demandada no presentó el escrito de formalización dentro del lapso establecido por la ley, lo que conlleva a la pérdida del derecho a impugnar la decisión de alzada.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando el escrito de formalización no se presente en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la ley adjetiva laboral, establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En el caso bajo estudio, una vez efectuado el cómputo del lapso para formalizar el recurso, la Secretaría de la Sala de Casación, mediante auto N° 1.014 de fecha 27 de junio de 2018, dejó constancia de lo siguiente: '…de acuerdo con lo ordenado en el auto precedente, hace constar que el lapso para formalizar este recurso, comenzó a correr el dieciocho (18) de abril de 2018, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se dan para el anuncio, y venció el once (11) de mayo del mismo año, incluyendo el término de la distancia correspondiente de cuatro (4) días'.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la entidad de trabajo demandada recurrente, la sociedad mercantil CERVECERÍA REGIONAL, C.A., contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de fecha 10 de abril de 2018. Se condena en costas a la parte accionada recurrente de conformidad con lo previsto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.