Sentencia N° 671 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de diciembre de 2024

TSJ/SCS, Sent. N° 671, Exp. 24-494, 18/12/2024
Expediente24-494
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2024-12-18
DecisiónAdmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, admitió el recurso de control de la legalidad interpuesto por Gabriela Yeiret Mijares Pacheco contra la sentencia del Tribunal Superior que confirmó la medida preventiva de custodia provisional de los niños. La Sala consideró que existían disposiciones de orden público que podrían verse afectadas, lo que justificó la admisibilidad del recurso. Además, se decretó una medida cautelar innominada de suspensión de efectos de la sentencia dictada el 30 de julio de 2024, en atención al interés superior de los niños involucrados.

Extracto de la motiva

En atención a lo anterior, respecto a la solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos de la sentencia dictada del 30 de julio de 2024, por el ad quem, esta Sala de Casación Social en atención al Interés Superior del Niño, consagrado en los artículos 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que conllevan a adoptar decisiones, cuya naturaleza jurídica corresponden a una garantía constitucional, orientadas a una doble finalidad: en primer lugar, asegurar el disfrute y ejercicio pleno y efectivo de los derechos humanos de este grupo etario y, en segundo término, favorecer su desarrollo evolutivo integral. Es por lo que, dadas las particularidades del caso concreto bajo análisis, en aras de salvaguardar el interés superior de los niños J.P.G.M y M.V.G.M. (cuyos nombres se omiten de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y como quiera existe un riesgo inminente que se menoscabe el derecho al sano desarrollo integral de los niños de marras, es por lo que se declara procedente la medida cautelar innominada de suspensión de efectos de la sentencia dictada el 30 de julio de 2024, por el Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Aragua y se le restituya la custodia de los niños, hasta que culmine el juicio, a la progenitora ciudadana Gabriela Yeiret Mijares Pacheco de conformidad con lo previsto en el artículo 466-A eiusdem.

Dispositiva

PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de Control de la Legalidad interpuesto por la ciudadana GABRIELA YEIRET MIJARES PACHECO, contra la sentencia emanada del Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, dictó sentencia el 30 de julio de 2024; SEGUNDO: Se DECRETA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA de suspensión de efectos de la sentencia dictada el 30 de julio de 2024 por el Tribunal antes mencionado.

Palabras clave

custodianiñosmedida cautelarinterés superiorprotecciónderechos humanos

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca