Sentencia N° 67 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de marzo de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0067, Exp. 11-699, 14/03/2013
Expediente11-699
PonenteCARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2013-03-14
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 14 de marzo de 2013, declaró sin lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Zulia, que había declarado parcialmente con lugar la demanda de prestaciones sociales. La Sala consideró que la parte demandada no presentó pruebas suficientes para demostrar la interrupción de la relación laboral y que la representación legal del demandante fue subsanada al ratificar sus actuaciones. Además, se condenó en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
…Resulta necesario para esta Alzada previo al pronunciamiento de fondo darle respuesta a la parte demandada, con respecto, a que la parte demandante apeló el día 9 de marzo de 2011, siendo el último día para ejercer el recurso de apelación y el día 14 de marzo de 2011, el Tribunal A-quo se da cuenta que la persona que apeló no tenía el carácter para actuar en juicio y a su decir en la ley establece que es en la audiencia de mediación donde se puede hacer un segundo despacho y no después de declarada una sentencia y se alteró el derecho a la defensa. Al respecto observa esta Alzada que efectivamente la abogada Gladys Reyes no tenía poder y compareció a la audiencia de juicio sin percatarse el Tribunal a-quo que no tenía poder y asimismo, apela de la decisión, y es en ese momento cuanto el Tribunal se da cuenta que la referida abogada no tenía poder que acredite su representación. Y en fecha 14 de marzo de 2011, el Tribunal A-quo ordenó comparecer al ciudadano actor Jesús Vergel, ante en el Tribunal, a los fines de manifestar su interés en ratificar las actuaciones suscritas por la abogada Gladys Reyes, quien se acredita apoderada judicial del actor y así emitir el debido pronunciamiento sobre el recurso de apelación ejercido. Riela del folio 496 al 498, mediante el cual el actor le otorga poder amplio y suficiente a la abogada Gladys Reyes, y ratifica todas las actuaciones hechas por la referida abogada, quien compareció en los días 7 de febrero de 2011, 16 de febrero de 2011, 23 de enero de 2011 y el día 9 de marzo de 2011. Por lo que considera, esta Alzada que se encuentra subsanado la ausencia de poder, al venir oportunamente el actor a ratificar cada una de las actuaciones de la referida abogada. Así se establece…
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de control de la legalidad intentado por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 13 de abril del año 2011, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo. 2) CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas a la parte demandada recurrente, en virtud de lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.