Sentencia N° 665 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de abril de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0665, Exp. 09-332, 30/04/2009
Expediente09-332
PonenteJuan Rafael Perdomo
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-04-30
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 30 de abril de 2009, dictó una decisión en el juicio de solicitud de beneficio de jubilación. La parte demandante había interpuesto un recurso de casación que fue admitido, pero posteriormente, la abogada Julia Rivero Melecio, en representación de los actores, presentó un desistimiento del recurso. La Sala, tras verificar la validez del desistimiento, decidió declarar desistido el recurso de casación y ordenó al Juzgado de Primera Instancia que continúe con los trámites correspondientes.

Extracto de la motiva

En virtud de la manifestación expresada por la parte recurrente en la actuación arriba citada y; luego de verificado el carácter y la facultad con la que actúa la diligenciante, tal y como se evidencia del poder que cursa a las actas que componen el expediente, esta Sala de Casación Social declarará desistido el recurso de casación anunciado por la parte actora y admitido por el Juzgado Cuarto Superior del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y ordenará al Juzgado de Primera Instancia que resulte competente continúe con los trámites a que haya lugar. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de lo precedentemente expresado, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: 1°) declara DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 29 de enero del año 2009; y 2º) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que resulte competente, continúe los trámites procesales correspondientes.

Palabras clave

jubilacióndesistimientoprocedimientocostasrecurso

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