Sentencia N° 665 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de abril de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0665, Exp. 05-1785, 04/04/2006
Expediente05-1785
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-04-04
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de Francesco Romero contra la sentencia del Juzgado Primero Superior que había declarado sin lugar un recurso de apelación. La decisión se basa en que la sentencia impugnada se ajusta a derecho y no se evidencian violaciones a normas de orden público ni a la doctrina jurisprudencial de la Sala.
Extracto de la motiva
En el caso concreto, delata el impugnante que: (…) la parte motiva del punto previo primaria debe ser objeto de revisión en Sala, ya que fue por la cual se declaró sin lugar la solicitud que en este acto ratifico formalmente de la desaplicación por inconstitucional del artículo 1972 del Código Civil para el presente caso en concreto sub iudice (sic) (…). En ese orden de ideas, manifiesta que: (…) hubo un procedimiento judicial previo (extinguido) en el otrora Juzgado de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, que dentro de la Tutela Judicial Efectiva fue desconocido en el alcance de las consecuencias jurídicas, ya que mi mandante demanda oportunamente y con los efectos interruptibos (sic) a que dio lugar, por cuanto en dicho procedimiento se interpuso la demanda y se logró en tiempo hábil la citación y luego por ardid procesal de la demandada se opuso cuestiones previas, que fueron declaradas con lugar, que a la postre extinguieron el proceso, (…). Asimismo, alegó que “…no se tomo en cuenta las diligencias del registro de la demanda en la oficina Subalterna de Registro, que efectivamente se demandó en dos ocasiones distintas… ”.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte accionante, contra la sentencia emanada del Juzgado Primero Superior para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 03 de octubre de 2005. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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