Sentencia N° 664 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de agosto de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0664, Exp. 17-098, 01/08/2017
Expediente17-098
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-08-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por la sociedad mercantil C.A. AZUCA, en relación a la inadmisión de prueba testimonial por parte del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. La Sala determinó que la negativa a oír la apelación fue desacertada, ya que la actora había ejercido el recurso de apelación dentro del lapso legal y el juzgado no podía exigirle la fundamentación en ese momento.

Extracto de la motiva

En virtud del principio dispositivo regulado en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, fue desacertada la negativa de oír la apelación por parte de la recurrida, al asignar a la actora apelante la carga de indicar su fundamentación en el momento de interponer el recurso de apelación, cuestión no prevista en la ley, con lo cual la decisión cuestionada inobservó el precepto normativo contenido en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en detrimento de los principios constitucionales para la realización de la justicia.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandante, sociedad mercantil C.A. AZUCA, contra el auto del 18 de enero de 2017, dictado por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; SEGUNDO: SE REVOCA el precitado auto; TERCERO: SE ORDENA al nombrado Juzgado Superior oír la apelación instaurada contra el auto dictado el 10 de enero de 2017, emanado del referido tribunal superior.

Palabras clave

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