Sentencia N° 663 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de diciembre de 2024
TSJ/SCS, Sent. N° 663, Exp. 24-259, 18/12/2024
Expediente24-259
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2024-12-18
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara perecido el recurso de casación anunciado por la parte demandante contra el fallo del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo. Se establece que el lapso para formalizar el recurso comenzó a correr el 2 de abril de 2024 y venció el 29 de abril de 2024, sin que se haya consignado el escrito correspondiente. Además, se señala que la representación judicial de la parte demandante no fundamentó su recurso en el momento de su anuncio.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, y consagra como sanción a la inobservancia por parte del formalizante de dicho lapso, el perecimiento del recurso extraordinario. Asimismo, considera esta Sala que se dejará correr además el término de la distancia correspondiente, si la sede del Tribunal que dictó la sentencia recurrida no se encuentra en la capital de la República y se computará a partir del día siguiente del vencimiento del término de cinco (5) días que se conceden para el anuncio del recurso. En el caso específico, del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, se evidencia que el lapso para formalizar este medio extraordinario de impugnación comenzó a correr el día siguiente a los cinco (5) días que se dan para el anuncio del mismo, es decir, en fecha dos (2) de abril de 2024 y venció el veintisiete (27) de abril de 2024, mas seis (6) días del término de la distancia, dejándose expresa constancia que el día hábil siguiente correspondió al veintinueve (29) de abril de 2024, siendo que hasta la fecha no ha sido consignado el recurso de casación, por lo que se declara el perecimiento del mismo.
Dispositiva
Declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandante contra el fallo de fecha 20 de marzo de 2024, emanado del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Ciudad Bolívar. Se condena en costas del recurso a la parte actora recurrente de conformidad con lo previsto en la parte final del artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
recurso de casaciónplazos procesalesderecho laboralLey Orgánica Procesal del Trabajoperecimientocostastribunales