Sentencia N° 659 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0659, Exp. 13-486, 09/08/2013
Expediente13-486
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-08-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Henry Antonio Hernández Buitrago contra la sentencia del Juzgado Tercero Superior del Trabajo. La Sala analizó las denuncias de la parte demandante, quien alegaba violaciones a normas de orden público en la decisión impugnada. Sin embargo, se concluyó que la sentencia se encontraba ajustada a derecho y no revelaba violaciones a las normas alegadas.
Extracto de la motiva
En el caso sub examine, arguye la representación judicial de la parte demandante que el fallo impugnado violó las normas de orden público contenidas en los artículos 12 y 509 del Código de Procedimiento Civil, aplicables en el proceso laboral por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por haber incurrido en el vicio de inmotivación por silencio de pruebas, toda vez que el juzgador de alzada infringió los artículos 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 65 de la hoy derogada Ley Orgánica del Trabajo (1997), así como la reiterada jurisprudencia de esta Sala respecto a la carga de la prueba contenida, entre otras decisiones, en sentencia N° 1354 del 4 de diciembre de 2012, toda vez que correspondiéndole a la parte demandada la carga de desvirtuar los elementos característicos de la relación de trabajo, la misma no aportó al juicio medios de prueba suficientes con los que demostrara que la prestación de servicio del actor era de naturaleza distinta a la laboral, por lo que el ad quem no debió declarar sin lugar la demanda interpuesta.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia proferida por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 22 de febrero de 2013. Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Palabras clave
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