Sentencia N° 657 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de junio de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0657, Exp. 04-1487, 21/06/2005
Expediente04-1487
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-06-21
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una decisión de alzada que declaró sin lugar su apelación. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del recurso, destacando que este es un medio excepcional que debe cumplir con ciertas condiciones establecidas en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Tras evaluar los argumentos presentados, la Sala concluyó que la sentencia recurrida no violaba normas de orden público ni la doctrina jurisprudencial reiterada, declarando inadmisible el recurso interpuesto.
Extracto de la motiva
Ahora bien, por razón de que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, se deben cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral reproducida en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Asimismo, es oportuno dejar por sentado, que tratándose como antes se expresó de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público o de la jurisprudencia reiterada de la Sala.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión de fecha 27 de agosto de 2004, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
control de la legalidadrecursosentenciatrabajojuzgadoapelacióninadmisionderecho laboral