Sentencia N° 655 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de agosto de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0655, Exp. 18-219, 07/08/2018
Expediente18-219
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-08-07
DecisiónDesistido y Sin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Edwin Antonio Villalobos Rincón contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Zulia. La Sala declaró desistido el recurso de casación del demandante y sin lugar el recurso de casación de la parte demandada, confirmando la sentencia recurrida que reconocía el derecho del actor a los beneficios de la convención colectiva, a pesar de su cargo de supervisor, ya que no se demostró que era un empleado de dirección.

Extracto de la motiva

La denuncia expuesta por el formalizante, se centra en primer lugar en la presencia del vicio de incongruencia materializado en la decisión dictada por el ad quem, en razón de que la misma -a su decir- no se circunscribió a los límites en que quedó planteada la controversia, en tanto y cuanto, para determinar la aplicación de la contratación colectiva al actor en lo que al beneficio de jubilación se refiere, por cuanto considera que se circunscribió a hechos no alegados por las partes. Asimismo, acusa que hubo incongruencia por efectuar análisis y argumentaciones de la prueba relativa a la carta de renuncia, aún y cuando la misma había sido aceptada por el trabajador, sin que se hiciera ningún alegato por el actor sobre la misma. Ahora bien, es preciso señalar que el ordinal 5º del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, determina la obligación de que toda sentencia debe contener 'Decisión expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida y a las excepciones o defensas opuestas (…)'. La reseñada norma establece el llamado principio de congruencia, conforme al cual el sentenciador tiene la obligación de no alterar el problema judicial debatido entre las partes, debiendo resolver sobre aquello alegado y probado -en la oportunidad de ley correspondiente- por los sujetos integrantes de la litis.

Dispositiva

PRIMERO: Declara DESISTIDO el recurso de casación propuesto por la representación judicial del demandante, contra el fallo publicado por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 5 de febrero de 2018; SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte accionada contra la precitada decisión; TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente, sociedad mercantil Cervecería Regional C.A, conforme al artículo 59 eiusdem.

Palabras clave

casaciónlaboraljubilaciónconvención colectivaincongruencia

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