Sentencia N° 651 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de diciembre de 2025

TSJ/SCS, Sent. N° 651, Exp. 25-283, 12/12/2025
Expediente25-283
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2025-12-12
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declaró SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada contra el auto que negó el recurso de casación. La decisión se basa en que el recurso de casación no es admisible si se interpone contra una sentencia interlocutoria que no pone fin al juicio. La Sala argumentó que la sentencia apelada no encuadra dentro de los supuestos del artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que no se trata de una decisión definitiva formal.

Extracto de la motiva

Establecido que la Sentencia de Alzada tiene la naturaleza de una sentencia definitiva formal, es pertinente señalar que en ningún caso puede ser considerada como una sentencia interlocutoria de reposición, como erradamente la calificó la Sentencia Recurrida de Hecho para sostener, en forma contraria derecho, que es inadmisible el recurso de casación anunciado por las Demandadas. En este sentido, es necesario resaltar que el gravamen que causan las sentencias que acuerdan la reposición de la causa no siempre puede ser reparado por una sentencia definitiva posterior, por ello es que la jurisprudencia de esta SCS establece la categoría de sentencias definitivas formales, que pueden ser recurribles en casación de inmediato, haciendo una excepción al principio de concentración que informa el primer aparte del artículo 167 de la LOPT. Reiteramos, las sentencias dictadas en apelación que anulan la decisión definitiva (en este caso que anulan una interlocutoria con fuerza de definitiva) si bien no ponen fin al juicio, ni impiden su continuación, sin embargo, producen un gravamen irreparable por la sentencia definitiva, ya que esta no subsanará el perjuicio que sería determinado únicamente cuando esta SCS, después de revisado el fallo en cuestión, observara la ilegalidad e improcedencia de la reposición decretada. Todo lo anterior ha conducido a que, en definitiva, la jurisprudencia reiterada de esta SCS haya establecido que este tipo de decisiones admiten el recurso de casación de manera inmediata por ser sentencias definitivas formales. Consecuentemente con lo expuesto, y asentado que la Sentencia de la Alzada presenta las características de las sentencias definitivas formales, debe considerarse que es una sentencia definitiva formal, que es de su misma naturaleza.

Dispositiva

Declara: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra el auto del 25 de febrero de 2025, dictado por el Juzgado Superior Primero de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, que negó el recurso de casación anunciado contra la sentencia de fecha 20 de febrero de 2025.

Palabras clave

recurso de casaciónsentencia interlocutoriainadmisibilidad

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