Sentencia N° 651 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de agosto de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0651, Exp. 13-242, 08/08/2013
Expediente13-242
PonenteCARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2013-08-08
DecisiónIMPROPONIBLE
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso especial de juridicidad interpuesto por la sociedad mercantil RADICALL TC 3602 C.A. contra una decisión del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de Carabobo. La Sala declaró improponible el recurso, fundamentando su decisión en la inaplicación de las normas que regulan dicho recurso, en virtud de la suspensión acordada por la Sala Constitucional. Se destacó que la competencia para conocer de estos recursos corresponde a los tribunales laborales, y que la Sala de Casación Social busca garantizar la tutela judicial efectiva y el derecho a una decisión en un plazo razonable.
Extracto de la motiva
En virtud de lo expuesto, esta Sala de Casación Social cambia su criterio y establece que son improponibles los recursos de juridicidad, en las causas que se tramiten según las normas adjetivas de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa que le corresponda conocer, hasta tanto sea resuelta la procedencia de la demanda de nulidad presentada contra los artículos 23 (numeral 18) y 95 al 102 de esta Ley y el artículo 26 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en su numeral 18, o cese la medida de suspensión de efectos decretada sobre los mismos. Así se declara. Este cambio de criterio no es un asunto meramente formal, al contrario, tiene el objetivo de garantizar la tutela judicial efectiva en las causas sometidas al régimen de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, especialmente, en aquellas donde se ha ejercido el recurso de juridicidad, en las que si bien no ha tenido lugar el efecto suspensivo del recurso -a falta de admisión-, no han podido ser ejecutadas las sentencias de segunda instancia, ya que el expediente cursa ante esta Sala de Casación Social.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: IMPROPONIBLE el recurso especial de juridicidad interpuesto por la sociedad mercantil RADICALL TC 3602 C.A., contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 11 de enero del año 2013.