Sentencia N° 650 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de mayo de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0650, Exp. 08-466, 15/05/2008
Expediente08-466
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-05-15
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Capriles & Pedroso Asociados, S.A. debido a la falta de formalización del mismo dentro del lapso legal establecido. Se argumenta que la presentación extemporánea del recurso debe considerarse como su ausencia, lo que conlleva a la perención del mismo según lo dispuesto en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La decisión se basa en la importancia de cumplir con los requisitos formales para el ejercicio del recurso extraordinario de casación.

Extracto de la motiva

(Omissis) La relevancia de la formalización del recurso de casación radica en la naturaleza jurídica del mismo, como un recurso extraordinario, lo que exige su fundamentación en los motivos establecidos de forma taxativa por la ley. De ahí que, ante la falta de consignación del escrito correspondiente, o bien ante su ineficacia, derivada del incumplimiento de las condiciones de modo, lugar y tiempo establecidas, el recurso debe declararse perimido, por expresa disposición legal. En el caso bajo estudio, una vez efectuado el cómputo del lapso de veinte (20) días para formalizar el recurso, se concluye que éste venció el 6 de febrero de 2008. Ahora bien, la parte accionada anunció recurso de casación, oportunamente, el 17 de enero de 2008 pero no lo formalizó. Por lo tanto, visto que el lapso para la formalización venció el 6 de febrero de 2008, sin que se consignara el escrito correspondiente, esta Sala de Casación Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara perecido el recurso interpuesto. Así se resuelve.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil Capriles & Pedroso Asociados, S.A. contra la decisión publicada el 10 de enero de 2008 por el Juzgado Superior Octavo del Trabajo del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena en costas a la recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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