Sentencia N° 65 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de diciembre de 2020

TSJ/SCS, Sent. N° 065, Exp. 19-223, 10/12/2020
Expediente19-223
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2020-12-10
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por LUISANA ESTHER HERNÁNDEZ FLORES. La decisión se basa en la falta de presentación de un escrito razonado que justifique la alteración de la legalidad de la decisión o el proceso a revisión. Se destaca que el recurso fue presentado fuera del lapso establecido por la ley.

Extracto de la motiva

Dispone el artículo 490 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, puede, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Juzgados Superiores de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. Asimismo, por mandato de dicha norma, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo, y debe presentarse ante el Juez del presente medio de impugnación excepcional, es decir: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y/o 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público; se advierte la falta de presentación de un escrito razonado, contentivo de la exposición de los argumentos e indicación de los preceptos legales que justifiquen, a criterio del recurrente, la alteración de la legalidad de la decisión o el proceso a revisión, por la violación o amenaza de disposiciones de orden público que transgredirían el estado de derecho, lo que conlleva, inexorablemente, a la declaratoria de inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad propuesto. Así se decide.

Dispositiva

Declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la ciudadana LUISANA ESTHER HERNÁNDEZ FLORES, contra la sentencia de fecha 26 de junio de 2019, dictada por el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.

Palabras clave

control de la legalidadniñosadolescentesinadmisionjurisprudencia

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