Sentencia N° 65 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de febrero de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0065, Exp. 11-1493, 15/02/2012
Expediente11-1493
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-02-14
DecisiónPERECIDO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, dictó sentencia el 14 de febrero de 2012, declarando perecido el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de los demandantes, JUANA GÓMEZ y JOSÉ ZIEMS, contra el fallo del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Aragua. La Sala determinó que el recurso no fue formalizado dentro del lapso legal establecido, que venció el 18 de noviembre de 2011, lo que llevó a la decisión de considerar el recurso como perecido.

Extracto de la motiva

El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización del mismo no se verifique en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece un lapso de veinte (20) días consecutivos, para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente de los días transcurridos para que se presentara la formalización del especialísimo recurso de casación, se constata que el mismo comenzó a correr en fecha veintiocho (28) de octubre de 2011, día siguiente al último de los cinco (5) días de Despacho que se otorga para el anuncio, y venció el dieciocho (18) de noviembre del mismo año, incluyendo el término de la distancia-dos (2) días entre Maracay y Caracas-. En este sentido, se observa que anunciado oportunamente como ha sido el presente recurso y vencido el lapso de Ley para su formalización, el escrito no fue presentado, en consecuencia, la Sala considera perecido el recurso de casación interpuesto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la demandante, contra el fallo emitido en fecha 20 de octubre de 2011, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.

Palabras clave

recursocasaciónjubilacióntrabajoprescripción

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