Sentencia N° 649 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de junio de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0649, Exp. 12-584, 22/06/2012
Expediente12-584
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-06-22
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo. La parte demandada alegó infracciones a la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y al Código de Procedimiento Civil, argumentando que la sentencia impugnada no explicaba adecuadamente las razones de hecho y de derecho que sustentaban el fallo.
La Sala analizó los argumentos presentados y determinó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho, concluyendo que no se incurrió en las violaciones alegadas. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad, dado que no se ajustaba a los fines del mismo.
Finalmente, la decisión fue publicada y se ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen, sin condena en costas debido a la naturaleza de la decisión.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente, para aquellas circunstancias donde se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público laboral. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa. En el caso bajo estudio, la representación judicial de la parte demandada denuncia la infracción por parte de la recurrida del artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y del artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, por inmotivación, al no explicar el Sentenciador las razones de hecho y de derecho en que apoyo el fallo. A tal efecto, explica quien recurre que el Juez dio por demostrado hechos que no constan en el expediente, tal como fue la existencia de la relación laboral de los demandantes con la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Aragua, argumentando que fueron cubiertos los requisitos para que operara la sustitución de patrono, apartándose con ello de los criterios jurisprudenciales establecidos por esta Sala de Casación Social. Añade que debió hacerse alusión a uno de los requisitos de suma importancia para que opere la sustitución de patrono, constituido por la continuidad de la prestación de servicios del trabajador en la empresa. Asimismo, alega la recurrente que la sentencia impugnada incurre en el vicio de incongruencia, al establecer la existencia de la relación de trabajo entre los demandantes y la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Aragua, por cuanto se evidencia del expediente que no existió tal relación, sino que la misma existió fue con la empresa Beneficiadora Cagua, C.A. y/o Matadero Municipal, ya que una vez que se ejecutó el acto administrativo de rescate de las instalaciones del Matadero Municipal, en fecha 15 de junio de 2009, éstos –los demandantes- dejaron de prestar el servicio que venían desempeñando.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 15 de marzo de 2012, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
control de legalidadsentenciarelación laboralinadmisionjurisprudencia