Sentencia N° 645 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de julio de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0645, Exp. 17-349, 28/07/2017
Expediente17-349
PonenteEdgar Gavidia Rodríguez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2017-07-28
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Ulises José Requena Agreda contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de Sucre. La decisión se basa en que la sentencia apelada no es impugnable en casación, cumpliendo así con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La Sala argumenta que el recurso de control de la legalidad es excepcional y debe cumplir con criterios específicos para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
Ahora bien, en razón que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, se debe cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la ley adjetiva laboral, referida en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. Por lo tanto, para que proceda la admisibilidad del extraordinario recurso de control de la legalidad, es necesario el cumplimiento de los requisitos legales antes expuestos, y entre ellos se encuentra, que la sentencia contra la cual se recurre no sea impugnable por vía casacional.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, ciudadano Ulises José Requena Agreda contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, con sede en Cumaná, el 2 de marzo de 2017. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
control de la legalidadinadmisiblesentenciatribunal superiorderecho laboral