Sentencia N° 645 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de octubre de 2003
TSJ/SCS, Sent. N° 645, Exp. 03-621, 02/10/2003
Expediente03-621
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2003-10-02
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la empresa Azucarera Guanare, C.A. contra una decisión del Juzgado Superior que declaró inadmisible una acción de amparo constitucional. La Sala argumentó que el recurso no era procedente, ya que la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece que este tipo de acciones solo pueden ser revisadas por la Sala Constitucional en caso de violaciones a normas constitucionales.
Extracto de la motiva
En el presente caso, observa esta Sala que la decisión contra la que se solicitó el recurso de control de la legalidad constituye una sentencia dictada por un Juez Superior que conociendo en apelación declara inadmisible una acción de amparo constitucional, la cual sólo puede ser revisada discrecionalmente por la Sala Constitucional de este máximo Tribunal, en el ejercicio de la jurisdicción constitucional, razón por la que resulta inadmisible este medio de impugnación excepcional. Así se resuelve.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia de fecha 20 de junio del año 2003, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare. No hay expresa condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Palabras clave
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