Sentencia N° 640 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de abril de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0640, Exp. 09-431, 30/04/2009
Expediente09-431
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-04-30
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo. La decisión se basa en el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, concluyendo que la sentencia recurrida no vulnera normas de orden público laboral ni la doctrina jurisprudencial de la Sala.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: En primer lugar, alega la parte recurrente la infracción por el sentenciador de la recurrida del artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al ordenar de forma expresa la comparecencia de ambas partes para llevar a cabo una declaración de parte o su complemento, cuando a su entender, esa facultad es exclusiva del Juez de Juicio. En segundo lugar, delata que el juzgador de alzada infringió el principio de indivisibilidad de la confesión consagrado en el artículo 1404 del Código Civil, por cuanto no podía estimar desfavorablemente a la empresa demandada una declaración llevada a cabo en la audiencia de apelación, sin tomar en cuenta otras declaraciones efectuadas por la misma persona en donde señala que la parte actora no fue meritoria de aumento salarial.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 03 de marzo del año 2009 emanada del Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

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