Sentencia N° 638 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de noviembre de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 638, Exp. 02-423, 06/11/2002
Expediente02-423
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-11-06
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de Barinas. El recurso fue declarado perecido debido a que no se formalizó dentro del lapso establecido por la ley. La Sala también condena en costas a la parte recurrente y ordena la remisión del expediente al tribunal de la causa.

Extracto de la motiva

Por cuanto del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, aparece que el lapso para formalizar este recurso de casación, incluyendo los días concedidos como término de distancia, comenzó a correr el día siguiente a los diez (10) días que se dan para el anuncio del recurso, es decir, en fecha once (11) de julio del año 2002 y venció el veintiséis (26) de septiembre del mismo año, sin que hasta esa fecha fuera consignado el correspondiente escrito de formalización, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veinticinco (25) de Junio del año 2002, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, con sede en Barinas, dictada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, DAÑO MORAL E INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRABAJO, sigue el ciudadano ALÍ DE JESÚS NIEVES contra la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES EUSA.

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veinticinco (25) de Junio del año 2002, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, con sede en Barinas.

Palabras clave

recurso de casacionperecidoprestaciones socialesdaño moralindemnizacionaccidente de trabajocostojuzgado

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca