Sentencia N° 637 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de diciembre de 2025

TSJ/SCS, Sent. N° 637, Exp. 19-039, 10/12/2025
Expediente19-039
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2025-12-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por la sociedad Agropecuaria Mar de Hierba, C.A. contra una sentencia del Juzgado Superior Agrario que declaró inadmisible su recurso contencioso administrativo de nulidad. La apelación fue fundamentada en la existencia de un recurso paralelo, lo que llevó a la inadmisibilidad del recurso de nulidad. Sin embargo, la Sala determinó que no existía paralelismo entre los recursos, ya que se trataban de actos administrativos diferentes y sujetos a procedimientos distintos. La Sala, al analizar los argumentos presentados, concluyó que la decisión del Juzgado Superior Agrario era incorrecta y, por lo tanto, declaró con lugar el recurso de apelación. Se anuló la sentencia del 2 de noviembre de 2018 y se reponía la causa al estado de admisión del recurso de nulidad, permitiendo así que el proceso continuara. No se impusieron costas debido a la naturaleza de la decisión. Finalmente, la sentencia fue firmada y sellada en Caracas, reafirmando la autoridad del Tribunal Supremo de Justicia en la administración de justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.

Extracto de la motiva

La sentencia dictada por el a quo, objeto del presente recurso de apelación, está fundamentada en la existencia de un recurso paralelo en curso, argumento que justifica la inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por la recurrente contra el Título de Garantía de Permanencia Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario N° 1416785118RAT0011844, dictado por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), el 17 de enero de 2018, en sesión N° ORD 894-18, punto de cuenta N° 13, a favor de la Asociación Civil Consejo Campesino Agropecuario “La Fortaleza de Dios”, y por un lote de terreno con una superficie de ochenta y ocho hectáreas con ochenta y dos metros cuadrados (88 ha 82 m2), ubicado en el sector Los Pozones, km 48 vía Santa Bárbara, parroquia Presidente Rómulo Betancourt, municipio Alberto Adriani del estado Mérida. A este respecto, el Juzgador Superior Agrario considera que el presente recurso de nulidad persigue la misma finalidad que el recurso contencioso administrativo ejercido contra el acto administrativo emitido por la misma autoridad el 24 de agosto de 2017, en sesión N° 842-17, punto de cuenta N° 11, que declaró el rescate de las tierras que integran el predio “Hacienda El Amparo”, con una superficie de doscientas cincuenta y nueve hectáreas con doce metros cuadrados (259 12 m2), ubicado en el sector Km 48, Los Pozones, parroquia Rómulo Betancourt, municipio Alberto Adriani del estado Mérida.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil AGROPECUARIA MAR DE HIERBA C.A.; SEGUNDO: NULA la sentencia dictada el 2 de noviembre de 2018 por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida; TERCERO: SE REPONE la causa al estado de admisión del recurso de nulidad ejercido contra el acto administrativo de otorgamiento del Título de Garantía de Permanencia Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario N° 1416785118RAT0011844.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidadagropecuariatítulo de garantíapermanencia socialista

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