Sentencia N° 636 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de diciembre de 2025
TSJ/SCS, Sent. N° 636, Exp. 25-753, 09/12/2025
Expediente25-753
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2025-12-09
DecisiónINCOMPETENCIA
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Agro-Inversora Barrios B C.A. contra una sentencia del Juzgado Superior Agrario que declaró sin lugar los recursos de apelación interpuestos. La Sala confirmó la decisión del Juzgado que había declarado inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la parte demandante.
Extracto de la motiva
Conforme a la disposición citada, se observa que la Sala Constitucional constituye la instancia superior natural para conocer de los medios de impugnación y de los conflictos que surjan en los procesos de amparo constitucional iniciados ante los Juzgados Superiores. (Vid. Sentencia de la Sala Constitucional número 1031 de fecha 22 de noviembre de 2022 [caso: Ricardo de Armas Dávila]). En sintonía con lo anterior, esta Sala precisa que tanto la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia son los instrumentos normativos que establecen la vía procesal aplicable a los asuntos de amparo constitucional autónomo que involucren, como en el presente caso, a los Juzgados Superiores Agrarios. Por las consideraciones antes expuestas, y atendiendo al medio de impugnación interpuesto contra la sentencia dictada el 26 de septiembre de 2025 por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, con sede en Guanare, que declaró sin lugar los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva dictada el 21 de agosto de 2025 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de la misma Circunscripción Judicial, que declaró inadmisible in limite litis el amparo constitucional interpuesto por la sociedad mercantil Agro-Inversora Barrios B, C.A., esta Sala de Casación Social se declara incompetente para pronunciarse sobre el asunto sometido a su consideración y declina la competencia en la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, siendo ello válido y necesario para salvaguardar el debido proceso y la tutela judicial efectiva. Así se decide.
Dispositiva
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para pronunciarse sobre el recurso interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante, sociedad mercantil AGRO-INVERSORA BARRIOS B, CA., contra la decisión dictada el 26 de septiembre de 2025 por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, con sede en Guanare, surgida en el marco de la acción autónoma de amparo constitucional; SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA en la Sala Constitucional de este Alto Tribunal, a los fines de que se pronuncie sobre el recurso ejercido.