Sentencia N° 633 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de agosto de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0633, Exp. 17-765, 02/08/2018
Expediente17-765
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-08-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia dictada el 2 de agosto de 2018, resolvió el recurso de apelación interpuesto por PEPSI-COLA VENEZUELA C.A. contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Anzoátegui, que había declarado desistido el procedimiento de nulidad. La apelante argumentó que la audiencia de juicio no debió celebrarse el 4 de agosto de 2017, sino el 7 de agosto de 2017, lo que justificaba su incomparecencia.

Extracto de la motiva

La presente causa se inicia en fecha, 23 de mayo de 2016, siendo admitida en fecha de 6 junio de 2016, por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Estado Anzoátegui, quien ordena la notificación del INPSASEL, de la Procuraduría General de la República, de la DIRESAT Anzoátegui, Sucre y Nueva Esparta, al Ministerio Público y al ciudadano José Antonio Hernández Pineda como tercero interesado, siendo infructuosa la notificación del prenombrado ciudadano. En fecha 21 de noviembre de 2016, el Tribunal oficia al SENIAT a los fines de que remita la dirección del tercero interesado, en fecha 30 de enero de 2017, se recibe del SENIAT oficio donde informan los datos la información requerida. Una vez practicadas las notificaciones respectivas en fecha 28 de junio de 2017, se fija la celebración de la audiencia de juicio. En fecha 31 de julio de 2017, en virtud de la designación de una nueva juez la misma se aboca al conocimiento de la causa y ordena la suspensión de la causa por 3 días hábiles siendo reanudada la misma al cuarto día hábil siguiente. En fecha 4 de agosto de 2017, el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui declaró desistido el procedimiento de nulidad, como consecuencia de la incomparecencia de la parte recurrente a la audiencia de juicio.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación instaurado por la sociedad mercantil PEPSI-COLA VENEZUELA C.A., contra la sentencia de fecha 4 de agosto de 2017, emanada del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui. SEGUNDO: Se REVOCA el fallo recurrido. TERCERO: Se ORDENA la reposición de la causa al estado de que el aludido órgano jurisdiccional fije la celebración de la audiencia oral y pública en el presente asunto.

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