Sentencia N° 633 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de noviembre de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 633, Exp. 02-412, 06/11/2002
Expediente02-412
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-11-06
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Portuguesa. El recurso no fue formalizado dentro del lapso establecido, que comenzó a contar desde el anuncio del mismo. La Sala, en virtud de lo anterior, no verificará la admisibilidad del recurso y condena en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veintiuno (21) de junio del año 2002, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Acarigua, dictada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, siguen los ciudadanos JORGE ALBERTO ROJAS, ALBERTO YUMEN VIVAS, JOSÉ COROMOTO PERAZA, JUAN GREGORIO PERAZA, FRANCISCO JUSTO PETAQUERO, CRECENCIO CUELLO, DOMINGO ANTONIO URANGA ROJAS, JOAQUÍN PACHECO, PEDRO RAMÓN AGUILAR, ADLEY PERAZA, JOSÉ I. SALGUERO, SIXTO PASTOR GORDILLO, RAFAEL LINAREZ, GERVASIO PÉREZ, JOSÉ RAMÓN VARGAS, FEDERICO PARRA DÍAZ y FELIPE RAMÓN SIERRA contra las sociedades mercantiles INDUSTRIA MADERERA SAMBUCA, C.A. y MADERERA SCIRICA, S.A.

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha veintiuno (21) de junio del año 2002, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Acarigua. Se condena en costas a la parte recurrente.

Palabras clave

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