Sentencia N° 631 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de diciembre de 2025

TSJ/SCS, Sent. N° 631, Exp. 24-097, 05/12/2025
Expediente24-097
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaFamilia
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2025-12-05
DecisiónDecaimiento del objeto

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de control de la legalidad interpuesto por Marvis Elvira Allais León contra una decisión del Juzgado Superior Cuarto de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La Sala declaró el decaimiento del objeto del recurso, argumentando que la reposición de la causa a estado de nueva admisión implica la pérdida de eficacia de todas las incidencias procesales derivadas de un procedimiento viciado. Esto se fundamenta en la necesidad de preservar el debido proceso y la validez del procedimiento en esta materia especial.

Extracto de la motiva

En virtud de lo expuesto, y considerando que la reposición decretada al estado de nueva admisión en el asunto identificado con el expediente AP51-V-2023-003127-P implica la pérdida de eficacia de todas las incidencias procesales derivadas de un procedimiento viciado, resulta evidente que el objeto del presente recurso ha decaído. En efecto, al retrotraerse la causa a la fase de admisión, las actuaciones posteriores carecen de validez y no pueden producir efectos jurídicos, quedando sin materia sobre la cual decidir. Por consiguiente, esta Sala de Casación Social, en resguardo del debido proceso, del derecho a la defensa y en aplicación de los principios de celeridad, economía procesal y tutela judicial efectiva, declara el decaimiento del objeto del presente recurso, por cuanto la reposición ordenada priva de sustento a las incidencias planteadas; preservando de esta manera la integridad y validez del procedimiento en esta materia.

Dispositiva

PRIMERO: EL DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora, ciudadana MARVIS ELVIRA ALLAIS LEÓN, contra la sentencia del 14 de febrero de 2024, dictada por el Juzgado Superior Cuarto de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.

Palabras clave

manutenciónreposicióndebido procesointerés superior del niñoincidencias procesalestutela judicial efectiva

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