Sentencia N° 630 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de agosto de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0630, Exp. 17-931, 02/08/2018
Expediente17-931
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-08-02
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por la sociedad de comercio Industrias Intercaps de Venezuela, C.A. contra la decisión del Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo, que declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada. La Sala confirmó la decisión del a quo, argumentando que no se cumplían los requisitos de fumus boni iuris y periculum in mora necesarios para la procedencia de la medida cautelar solicitada.
Extracto de la motiva
La representación judicial de la sociedad de comercio Industrias Intercaps de Venezuela, C.A., apeló en los términos siguientes: 'Se observa así que la fundamentación de la sentencia recurrida simplemente establece que un pronunciamiento sobre la medida cautelar supondría el prejuzgamiento sobre el fondo del asunto, y que además no fueron acompañadas pruebas suficientes para demostrar el daño a ser causado por efecto del no otorgamiento de la medida.'
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad de comercio INDUSTRIAS INTERCAPS DE VENEZUELA, C.A., contra la sentencia de fecha 2 de agosto de 2017, dictada por el Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: se CONFIRMA el fallo apelado.