Sentencia N° 63 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de febrero de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 063, Exp. 15-958, 19/02/2016
Expediente15-958
PonenteJESUS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-02-19
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 19 de febrero de 2016, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil CNPC SERVICES VENEZUELA LTD, S.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Monagas, que había confirmado un fallo anterior que declaró parcialmente con lugar la demanda de indemnización por accidente de trabajo. La Sala argumentó que el recurso no fue formalizado dentro del lapso legal establecido, lo que llevó a la perención del mismo.
Extracto de la motiva
(Omissis) La relevancia de la formalización del recurso de casación radica en la naturaleza jurídica del mismo, como un recurso extraordinario, lo que exige su fundamentación en los motivos establecidos de forma taxativa por la ley. De ahí que, ante la falta de consignación del escrito correspondiente, o bien ante su ineficacia, derivada del incumplimiento de las condiciones de modo, lugar y tiempo establecidas, el recurso debe declararse perimido, por expresa disposición legal.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil CNPC SERVICES VENEZUELA LTD, S.A., contra la sentencia publicada el 19 de junio de 2015 por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la parte recurrente.
Palabras clave
recurso de casaciónindemnizaciónaccidente de trabajoplazos procesalesLey Orgánica Procesal del Trabajo