Sentencia N° 627 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de agosto de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0627, Exp. 13-385, 06/08/2013
Expediente13-385
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2013-08-06
DecisiónDesistido

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la falta de fundamentación del recurso de apelación interpuesto por COCIV DE VENEZUELA, C.A. contra una decisión del Tribunal Segundo Superior del Trabajo que declaró sin lugar la demanda de nulidad de un acto administrativo. La Sala determinó que la parte apelante no presentó el escrito de fundamentación en el plazo establecido por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, lo que llevó a declarar desistido el recurso de apelación. La decisión se fundamenta en el artículo 92 de la mencionada ley, que establece la obligación de presentar los fundamentos dentro de un plazo específico.

Extracto de la motiva

La norma en referencia, impone a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En el caso sub examine el expediente se dio por recibido el 23 de abril del año 2013 y siendo que el lapso de diez (10) días de despacho para la fundamentación del recurso de apelación, incluyendo cuatro (4) días en razón del término de la distancia, venció el 13 de mayo del año 2013, según consta en el cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala en fecha 23 de mayo del año 2013, sin que la parte recurrente consignare el escrito de fundamentación en el lapso indicado, esta Sala, en aplicación del artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, declara desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente. Así se decide.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de de la sociedad mercantil COCIV DE VENEZUELA, C.A., contra la sentencia dictada por el Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, de fecha 12 de julio del año 2012.

Palabras clave

recurso contenciosonulidadcertificación de discapacidadapelacióndecisión judicial

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