Sentencia N° 625 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de septiembre de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 625, Exp. 03-589, 25/09/2003
Expediente03-589
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2003-09-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Jesús María Rodríguez contra la decisión del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de Carabobo. La apelación se fundamenta en la supuesta violación de normas de orden público y derechos procesales, pero la Sala determina que el fallo recurrido es interlocutorio y su gravamen puede ser reparado en la sentencia definitiva. Se reafirma el criterio de que este tipo de sentencias no son objeto de control de legalidad.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el fallo recurrido es una sentencia interlocutoria emanada de un Juzgado Superior Laboral cuyo gravamen puede ser reparado en la sentencia definitiva, conforme al criterio sostenido por esta Sala en sentencia Nº 87 de fecha 20 de febrero de 2003, parcialmente transcrita, y por ello se declara inadmisible el presente recurso de control de la legalidad. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la decisión de fecha 31 de marzo de 2003, dictada por Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

Palabras clave

control de la legalidadsentencia interlocutoriaderecho a la defensadebido procesoreposición de causaCódigo de Procedimiento CivilConstitución de la República Bolivariana de Venezuelajurisprudencia

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