Sentencia N° 621 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de agosto de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0621, Exp. 15-571, 04/08/2015
Expediente15-571
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-08-04
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Rosa Eleida Castillo Cuevas, quien apelaba una decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Aragua. La Sala determinó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho y no vulneraba normas de orden público laboral, por lo que el recurso fue declarado inadmisible.

Extracto de la motiva

Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos antes transcritos, pasa esta Sala a examinar los fundamentos del medio de impugnación excepcional ejercido: Delata la recurrente que la sentencia impugnada está “fundada en percepción subjetiva en la apreciación PRESUNTA y GENÉRICA de los alegatos y fundamentos de los demandaos (sic) para enervar la decisión omitida de las pruebas del a quo y donde aseguró su fallo e (sic) los mismos términos sin precisar el objetivo del Recurso de Apelación, negando con ello Administrar Justicia, es asi donde incurre en violación de los Principios Fundamentales Legales, como lo son los contratos de trabajo.-“ Luego de realizar una serie de consideraciones respecto al contrato de trabajo, que a decir del recurrente vinculó a las partes, éste denuncia que la recurrida violenta normas de orden público laboral y contraría la reiterada jurisprudencia de esta Sala, al proteger al empleador bajo formas o apariencias sobre la realidad de los hechos existentes en el vínculo laboral. Finalmente, arguye el recurrente la fundamentación del presente recurso en el hecho social trabajo, contenido en el artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como en los artículos 90, 91, 92, y 93 eiusdem, en concordancia con los artículos 53, 85, 86, y 87 de la ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad ejercido por la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 23 de marzo del año 2015, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. No hay condenatoria en costas, dada la índole de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo previsto en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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