Sentencia N° 621 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de abril de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0621, Exp. 08-521, 30/04/2009
Expediente08-521
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-04-30
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 30 de abril de 2009, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Sexto del Trabajo. La Sala argumentó que el recurso no cumplía con las exigencias establecidas en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, específicamente en relación a la impugnabilidad de las sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales y la violación de normas de orden público laboral.
El recurrente alegó que la sentencia de la Alzada infringía el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, argumentando que el juez no verificó la legalidad de la relación laboral ni valoró las razones de fuerza mayor que impidieron la comparecencia de la parte demandada. Sin embargo, la Sala concluyó que no se constató la violación a disposiciones de orden público ni a la jurisprudencia reiterada, lo que llevó a la inadmisibilidad del recurso.
Finalmente, la Sala ordenó la remisión del expediente al Tribunal correspondiente, sin condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
Extracto de la motiva
El recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, por tanto, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Asimismo, tratándose como antes se expresó, de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público o de jurisprudencia reiterada de esta Sala. En este sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaben el debido proceso y derecho a la defensa.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de febrero de 2008. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
control de la legalidadrecursosjurisprudenciatrabajosentencias