Sentencia N° 619 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de mayo de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0619, Exp. 09-1001, 16/05/2014
Expediente09-1001
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-05-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de apelación interpuesto por Richard Javier Moreno Paredes contra la decisión del Juzgado Superior Cuarto Agrario que declaró inadmisible su recurso contencioso administrativo de nulidad. La Sala determinó que el recurso fue interpuesto fuera del lapso establecido por la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, configurándose así la caducidad de la acción. Por lo tanto, se declaró sin lugar el recurso de apelación.
Extracto de la motiva
Ahora bien, estima este juzgador necesario señalar, que en el presente caso estamos en presencia de un acto administrativo que declaró improcedente la garantía de permanencia solicitado por el ciudadano Richard Javier Moreno Paredes, institución esta que la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario ha establecido un lapso de caducidad más corto, que aquel concedido para los demás procedimientos contenciosos administrativos, vale decir treinta días continuos contados a partir de la notificación del administrado. En el caso que nos ocupa se observa que la notificación del acto administrativo dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras en sesión 226 de fecha 12/03/2009, en deliberación sobre el punto de cuenta N° 130, fue realizada en fecha 29-05-2009, y el presente recurso fue interpuesto por ante este Juzgado Superior Cuarto Agrario en fecha 29-06-2009, vale decir treinta y un (31) días continuos contados desde el día siguiente a la fecha en que el demandante tuvo conocimiento del acto administrativo; lo que a todas luces demuestra que se configuró la caducidad de la acción, para interponer el presente recurso contencioso administrativo de nulidad; requisito indispensable para verificar la admisibilidad de la demanda.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora contra la decisión de fecha 2 de julio 2009, emanada del Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Palabras clave
contencioso administrativonulidadgarantía de permanenciaplazos procesalesLey de Tierras