Sentencia N° 619 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de junio de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0619, Exp. 11-313, 07/06/2011
Expediente11-313
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-06-07
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 7 de junio de 2011, declaró sin lugar el recurso de hecho interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo. La decisión se fundamenta en que el recurso de casación no era procedente, dado que la sentencia apelada era interlocutoria y no ponía fin al proceso, conforme a lo establecido en el artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: El artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone: “El recurso de Casación puede proponerse: 1. Contra las sentencias de Segunda Instancia que pongan fin al proceso, cuyo interés principal exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.) 2. Contra los laudos arbítrales, cuando el interés principal de la controversia exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.) Al proponerse el recurso contra la sentencia que puso fin al juicio, quedan comprendidas en él las interlocutorias que hubieren producido un gravamen no reparado por ella.” En el caso examinado, verifica esta Sala, que la sentencia contra la cual se pretende recurrir en casación, es una sentencia interlocutoria que no pone fin al juicio, por lo tanto no encuadra dentro de los supuestos estipulados en el artículo supra transcrito.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra sentencia de fecha 1° de febrero de 2011, emanada del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.