Sentencia N° 618 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de mayo de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0618, Exp. 13-1607, 16/05/2014
Expediente13-1607
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-05-16
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Zulia. La decisión se basa en la falta de violación de derechos y en el cumplimiento de los requisitos formales establecidos por la ley. Se argumenta que la decisión impugnada se ajusta a derecho y no se evidencia ninguna infracción a normas de orden público.

Extracto de la motiva

La parte recurrente, con fundamento en los artículos 26 y 49, numerales 1, 3 y 8 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, conjuntamente con el artículo 257 eiusdem, denuncia la violación de los derechos a la defensa y al debido proceso, causándole el juez de alzada un estado de indefensión al desestimar el recurso de apelación interpuesto a los fines de justificar su incomparecencia a la celebración de la audiencia preliminar. Indica que en fecha 5 de agosto de 2013, la empresa demandada interpone recurso de apelación contra la decisión dictada el 1° de ese mismo mes y año, acompañando al mencionado recurso constancia médica a nombre del ciudadano Orángel José Leal Sifontes, quien –según afirma– es representante legal de la empresa, por cuanto el día 25 de julio de 2013, fecha en la cual estaba pautada la celebración de la audiencia preliminar, presentó una crisis de hipertensión arterial, por lo cual fue atendido en la Dirección de Sanidad de la Fuerza Armada Nacional, en el Hospital Carlos Arvelo, ubicado en Caracas, donde se le indicó reposo por setenta y dos (72) horas; en consecuencia, existen motivos fundados, por caso fortuito o fuerza mayor, que justifican su incomparecencia a la audiencia preliminar, y conllevan a la reposición de la causa. Señala que el poder fue conferido en el Distrito Metropolitano de Caracas, por ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Baruta del estado Miranda, sin que el poderdante enviara el mencionado poder a la ciudad de Maracaibo del estado Zulia, por haber presentado problemas de salud desde hace varios días, y era el mismo apoderado, la persona que haría entrega personal del instrumento poder a los otros apoderados judiciales, a los fines de ser consignado a las actas procesales; en virtud de lo anteriormente expuesto, solicita la reposición de la causa, a los fines de celebrar la audiencia preliminar.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 8 de octubre de 2013, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de la legalidadindemnizaciónaccidente de trabajoinadmisionsentenciatribunales superiores

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