Sentencia N° 613 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de julio de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0613, Exp. 17-980, 31/07/2018
Expediente17-980
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-07-31
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, declara con lugar el recurso y anula la decisión del Juzgado Tercero Superior del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar la demanda de cobro de acreencias laborales. La Sala argumenta que la sentencia recurrida incurrió en incongruencia positiva al condenar al pago de conceptos que no fueron discutidos ni probados en juicio, específicamente en relación a daños y perjuicios por incumplimiento de cláusulas de la convención colectiva.

Extracto de la motiva

La delación expuesta por el formalizante gira en torno a la violación del debido proceso y el derecho a la defensa, en razón de la incongruencia positiva que se patentiza en la recurrida por cuanto esta condena al pago de conceptos que nunca fueron discutidos ni probados en juicio, concretamente los relativos a daños y perjuicios por el retardo en el cumplimiento de las cláusulas de la convención colectiva referentes a la celebración de fiestas del día del niño y del día del trabajador, dotación de productos y dotación de uniformes. Ahora bien, en relación con el vicio alegado es menester señalar que el denominado principio de congruencia sujeta al sentenciador a no alterar el problema judicial debatido entre las partes, debiendo resolver sobre todo aquello alegado y probado por los sujetos integrantes de la litis. El incumplimiento de lo anteriormente indicado hará padecer a la sentencia del vicio de incongruencia.

Dispositiva

PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la representación judicial de la accionada, contra el fallo publicado por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 20 de noviembre de 2017; SEGUNDO: SE ANULA la precitada decisión; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que siguen los ciudadanos LEIDA MARGARITA MUÑOZ DE CARTA, JUAN RAMÓN QUINTANA PACHECO, FRANCISCO EMILIO SARABIA CLEMENTE, MARCO ANTONIO MONTENEGRO, LUIS ALEJANDRO ALTUVE ÁVILA, OMAR EDUARDO PLATA MORALES, FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ CARRILLO, RANDOLF ALEXANDER CAÑIZALES ÁLVAREZ, YENNY GISELA NÚÑEZ, MIGUEL ALBERTO MARÍN CAMPOS, JORGE LUIS BUSTAMANTE GONZÁLEZ y GENADIO URBANO DEL CARMEN PÉREZ MONTILVA, contra la empresa INDUSTRIAS BIOPAPEL, C.A.

Palabras clave

cobro de acreencias laboralescasación socialincongruencia positivaconvención colectiva

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