Sentencia N° 613 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de junio de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0613, Exp. 15-1329, 28/06/2016
Expediente15-1329
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-06-27
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, S.A. contra la decisión del Tribunal Superior Segundo del Trabajo de Zulia, que declaró sin lugar la demanda de nulidad de un acto administrativo relacionado con la certificación de enfermedad ocupacional del ciudadano Iván Fuenmayor. La Sala confirmó el fallo apelado, argumentando que la certificación se basó en una investigación exhaustiva y que existieron condiciones de trabajo adversas que contribuyeron al agravamiento de la enfermedad del trabajador.
Extracto de la motiva
La parte accionante presentó la fundamentación del recurso de apelación con anticipación a los diez días que establece el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Sin embargo, conforme a los criterios sentados por este alto Tribunal en relación al tratamiento que debe darse a las apelaciones, así como su fundamentación, realizadas en forma anticipada (Vid. sentencias Nro. 160 del 1° de junio de 2000, caso: Jesús Ramón Valero Ibarra, de esta Sala de Casación Social; Nro. 2234 del 9 de noviembre de 2001, caso: Horst Alejandro Ferrero Kellerhoff, y la Nro. 1350 del 5 de agosto de 2011, caso: Desarrollo de las Américas, C. A., de la Sala Constitucional), se considera que se está en presencia del interés inmediato de la parte afectada por recurrir ante la alzada, por lo que debe considerarse válido el ejercicio de la impugnación. En tal virtud, esta Sala apreciará los argumentos expuestos por la representación judicial de la parte apelante en el escrito de fundamentación presentado anticipadamente. Así se establece.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, S.A., contra la sentencia publicada en fecha 16 de septiembre de 2015, por el Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo; SEGUNDO: CONFIRMA el fallo apelado. TERCERO: FIRME el acto administrativo impugnado.